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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25214/11
Fecha: 2011-04-25
Carátula: CENTRO RENAL VIEDMA S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Descripción: traslado demanda..
Expte.N° 25214/11-STJ-
///MA, 25 de abril de 2011.-
Por presentados, partes en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Por promovida acción de inconstitucionalidad del art.2º de la Ordenanza Nº 3295 de la Municipalidad de San Antonio Oeste, en los términos del art.793 y sgtes.del Cód.Proc.Civ. y Com..-
Córrase traslado al Poder Ejecutivo Municipal de San Antonio Oeste, por el término de treinta y dos (32) días,(arts.338,158 y ccdtes.CPCC), emplazándolos para que dentro de dicho término contesten y ofrezcan la prueba de la que intenten valerse.-
Notifíquese por cédula con entrega de copias de la demanda.-
A lo demás, oportunamente.-
Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro