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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25094/11
Fecha: 2011-04-25
Carátula: AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (RESOLUCION Nº 1980/1 DGR)
Descripción: cont.demanda, traslado excepciones
Expte.N° 25094/11-STJ-
///MA, 25 de abril de 2011.-
Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo oportuno.-
De las excepciones interpuestas y de la documental acompañada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley.-
Notifíquese por cédula (art.135 inc.9º CPCyC).-
A lo demás, oportunamente.-
Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro