Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25094/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-25

Carátula: AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (RESOLUCION Nº 1980/1 DGR)

Descripción: cont.demanda, traslado excepciones

Expte.N° 25094/11-STJ-

///MA, 25 de abril de 2011.-

Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Por contestada la demanda en tiempo oportuno.-

De las excepciones interpuestas y de la documental acompañada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley.-

Notifíquese por cédula (art.135 inc.9º CPCyC).-

A lo demás, oportunamente.-

Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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