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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0833/2010
Fecha: 2011-04-20
Carátula: MARIGUAL MARIA ESTER Y OTROS C/ MOMBREANI ERNESTO Y OTRA S/ DESALOJO
Descripción: MINUTA se devuelve no corresponde
EXPTE Nº 0833/2010
CARATULA: MARIGUAL MARIA ESTER Y OTROS C/ MOMBREANI ERNESTO Y OTRA S/ DESALOJO
Viedma, abril de 2.011.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que conforme el trámite impreso a estas actuaciones la prueba debe ofrecerse con la demanda y contestación conforme lo dispone el art. 486 del C.Pr. en su inciso 3), corresponde proceder a la devolución del escrito de ofrecimiento de prueba de la parte actora.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: En fecha 18 de abril de 2.011 siendo las 9,15 horas la parte actora mediante apoderado presenta escrito "Ofrece prueba", el que se devuelve conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-
SECRETARIA, abril de 2.011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro