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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40792
Fecha: 2011-04-20
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/AGUIRRE Emilio Aureliano S/ Ejecutivo
Descripción: Prepara Via
//neral Roca, 20 de abril de 2011.-j
Atento a lo solicitado por el ejecutante, déjese sin efecto la sentencia de fs. 32 y regístrese las constancias respectivas.-
Conforme a ello, intímese a la demandada para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca al Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese mediante cédula a Villa Regina.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro