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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40450
Fecha: 2011-04-20
Carátula: POTAST Alicia Elvira S/ Sucesión
Descripción: regulacion
Sr. JUEZ:
INFORMO A Ud. que en el expte. "CIOCCHETTI MARIO ROBERTO S/SUCESION" (12018-IV) se ha autorizado a la Sra. MARIANA ALEJANDRA CIOCCHETTI (DNI 25.277.601), a que proceda a la suscripción de la escritura traslativa de dominio correspondiente a su parte proporcional (1/20) del inmueble DC 06-1-B-337-09, por intermedio de la Escribana Alba Gladis Moreyra.-
Asimismo se ha procedido a regular al Dr. Parra Segura, honorarios por las tres etapas.-
Secretaría, 20 de abril de 2011.s-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 20 de abril de 2011.s-.-
Téngase presente lo manifestado, regulo por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Miguel Parra Segura en la suma de $ 1.360 a cargo de la heredera.- (M.B. $ 9.693,92 -fs.36) - arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).-
Téngase presente lo manifestado en el otro si digo.
Al préstamo solicitado, oportunamente.-
Téngase presente la aclaración formulada respecto de la escribana Alba Gladis Moreyra.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro