Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35295

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-20

Carátula: CAPURRO HECTOR c/JUAN SUTER S.A. S/ Ejecutivo

Descripción: caducidad-vta a despacho para notificar

General Roca, 20 de Abril de 2011.-g

Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-

Regulo los honorarios del Dr. Mario Alvarez, en $ 40y los de la Dra. Maria San Vicente en $ 100 (MB: $ 6.870.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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