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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39403
Fecha: 2011-04-19
Carátula: MARTINEZ Pedro y MARTINEZ Claudio en: CAMPETELLA Alfredo s/Quiebra S/ Terceria de Dominio (Ord.)
Descripción: Regulación
//neral Roca, 19 de abril de 2011.-j
Téngase por contestado el traslado conferido a fs.106 vta. por Sindicatura y presente la conformidad prestada.-
En consecuencia, regulo los honorarios del Dr. Andrés Puiatti en la suma de $ 11.100.-, del Dr. Daniel Gustavo Zornitta en $ 7.000.- y del Cr. Héctor Valente en la suma de $ 2.000.- en su calidad de síndico de la demandada (MB: $ 101.087.-, 70 % de $ 144.410.- -valuación de fs. 104 de acuerdo a lo dispuesto por el art.34 de la ley 2212).-
Fíjase la suma de $ 100.- a favor del Consejo de Ciencias Económicas.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7 y 34 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro