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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0335/2004
Fecha: 2005-12-26
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SUAREZ JUAN CARLOS Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0335/2004
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SUAREZ JUAN CARLOS Y OTROS S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese la documental acompañada.-
Habiéndose acreditado el fallecimiento del demandado, sr. Juan Carlos Suarez, y de conformidad a lo dispuesto en el art. 43 del C.Pr., suspéndase la tramitación de las presentes actuaciones. En consecuencia y a los fines de proceder a la correspondiente citación de los presuntos herederos del nombrado, conforme lo prescripto en el art. 53 inc. 5° del C.Pr., deberán denunciarse los domicilios reales .-
A lo demás expresado en al punto II, estése a lo dispuesto precedentemente, ello por cuanto no resulta procedente la acción contra uno sólo de los herederos del causante.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro