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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39921
Fecha: 2011-04-18
Carátula: LOPEZ Silvia Edith c/ROMERO Hugo Raul y Otra S/ Ordinario
Descripción: adelanto de gastos
Sr. JUEZ:
INFORMO: A Ud. que el presente escrito se encontraba traspapelado en Secretaría.-
Secretaría, 18 de abril de 2011.s-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 18 de abril de 2.011.s-
Atento el informe que antecede, déjese sin efecto la providencia de fs. 223 y continúe en el cargo el perito odontólogo Dr. Bernal.-
Proveyendo a fs. 224: Téngase presente la aceptación del cargo realizada por el perito odontológico.-
Atento lo peticionado y constancias de autos, intímese al para que dentro del quinto día de notificado, deposite en autos la suma de $ 300.-, en concepto de anticipo de gastos de pericia odontológica, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C., a cuyo efecto líbrese cédula.-
A la mayor suma requerida deberá acreditarse previamente en autos a los fines de su percepción.-
Suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-
Téngase presente lo manifestado en el punto 4°.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro