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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0262/2008
Fecha: 2011-04-15
Carátula: ROSSETTI LIBERTAD MERCEDES S/ SUCESION
Descripción: homologa acuerdo
EXPTE. N° 0262/2008
CARATULA: ROSSETTI LIBERTAD MERCEDES S/ SUCESION
Viedma, abril de 2011.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta los términos de la cesión de derechos y acciones hereditarias que le corresponden sobre la totalidad de los bienes del acervo hereditario efectuada a fs. 86/87 por el representante legal del heredero menor de edad Marcos Gabriel Bustamante Quilogran, ratificadas a fs. 99/100 y la conformidad expresada a fs. 90 por la Defensora de Menores, corresponde homologarla en todos sus términos, aclarando que la parte que le corresponde al menor sobre el acervo hereditario es el 50 % de 1/6, ello atento tratarse de bienes gananciales.-
Asimismo y conforme los términos del acuerdo, la suma acordada en favor del menor Marcos Gabriel Bustamante Quilogran deberá ser depositada en el Banco Patagonia S.A. a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos autos, quedando indisponible hasta que alcance la mayoría de edad. Oportunamente, con intervención de la sra. Defensora de Menores se podrá ordenar la inversión de dichos fondos de manera de asegurarlos.-
Notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro