Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32864IV

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-13

Carátula: SANTOS GENCHI S.A y EXPLOT. RURALES INACAYAL S.C.A S/ Quiebra (Antes Concurso)

Descripción: Aprueba proyecto y ordena ofic. x sec.

//neral Roca, 13 de abril de 2011.-j

Atento el estado de autos, apruébase en cuanto ha lugar por derecho el proyecto de distribución de fs. 4249/61.-

Proveyendo el escrito de fs. 4284/86, al punto I, téngase presente.-

Al punto II y III, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., sucursal local, a fin de que de la cuenta de autos Nro. 730090163 :

-abone a la Cra. SUSANA GRACIELA DANIELE (DNI 13.175.254) la suma de $24.091,55 en concepto de: total de honorarios regulados a fs. 4262;

-transfiera a la cuenta Nro. 900001758 de la DIRECCION GRAL. DE RENTAS DE RIO NEGRO la suma de $404,90 en concepto de retención de Ingresos Brutos sobre los honorarios de la Cra. Daniele.-

Asimismo, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., sucursal local, a fin de que de la cuenta de autos Nro. 730090163:

-abone al Sr. MARCELO G. OROFINO (DNI 20.045.329) la suma de $10.323,25 en concepto de: total honorarios regulados a fs.4262 a la Dra. Adriana G. Rodriguez Carriquiriborde;

-transfiera a la cuenta Nro. 900001758 de la DIRECCION GRAL. DE RENTAS DE RIO NEGRO la suma de $173,50 en concepto de: retención por Ingresos Brutos sobre honorarios de la Dra. Rodriguez Carriquiriborde;

-transfiera a la cuenta Nro. 0220-725008221-0 de la CAJA FORENSE la suma de $433,75 en concepto de: aporte sobre honorarios de la Dra. Rodriguez Carriquiriborde.-

Cúmplase por Secretaría.-

Al punto IV, téngase presente.-

Al punto V, estése a lo proveído precedentemente.-

Al Otro Si Digo, téngase presente la caución ofrecida como así también la conformidad prestada por Caja Forense.-

Proveyendo el escrito de fs. 578, estése al cheque ya ordenado a fs. 4262.-

Proveyendo el escrito de fs. 4288, advirtiéndose en este estadio que las boletas y escrito de fs. 4273/76 no corresponden a estos autos, desglósense los mismos y déjese la debida constancia. Déjese sin efecto la vista a caja forense ordenada a fs. 4282.-

Retirados que sean los oficios ordenados, a los fines de determinar el monto base para la fijación de los impuestos de justicia, sellado de actuacion y contribuciones, VISTA A RENTAS.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

Nota: de haberse desglosado fs. 4273/75. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro