Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0644/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-12

Carátula: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION

Descripción: DESIGNA ADMINISTRADORA

EXPTE. N° 0644/2010

CARATULA: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION

Viedma, abril de 2011.-

Proveyendo a fs. 136/138:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 142:

Agréguese.-

Atento el estado y constancias de autos, de la declaración jurada patrimonial provisoria efectuada córrase traslado a los restantes herederos por el término de ley. Notifíquese.-

Proveyendo a fs. 143:

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que la oposición formulada a fs. 76/77 respecto que se designe administradora judicial de la sucesión a la cónyuge supérstite carece de fundamentos ni se ha acreditado inidoneidad alguna con relación a la nombrada, amén de señalar que la inexistencia de una denuncia o inventario de bienes definitivo no obsta a la designación de un administrador por cuanto de las constancias de autos surge la existencia de bienes que requieren una administración y además los herederos se han manifestado a fs. 128 con relación a los bienes, por todo ello y teniendo en cuenta las disposiciones del art. 709 del C.Pr., a la oposición formulada no ha lugar.-

En su mérito, desígnase Administradora Judicial de acuerdo a lo previsto en el art. 709 del C.Pr., a la María Ines Bucci (D.N.I. nº 12.397.539), quién deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria (art. 710 del C.Pr.). La misma deberá llevar su cometido conforme las facultades y obligaciones previstas en los arts. 712 y 713 del C.Pr.. Oportunamente expídase testimonio.-

Proveyendo a fs. 144/145:

Agréguese.-

Rosana Calvetti

Juez

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