include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0644/2010
Fecha: 2011-04-12
Carátula: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION
Descripción: DESIGNA ADMINISTRADORA
EXPTE. N° 0644/2010
CARATULA: DE REGE EMILIO HECTOR S/ SUCESION
Viedma, abril de 2011.-
Proveyendo a fs. 136/138:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 142:
Agréguese.-
Atento el estado y constancias de autos, de la declaración jurada patrimonial provisoria efectuada córrase traslado a los restantes herederos por el término de ley. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 143:
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que la oposición formulada a fs. 76/77 respecto que se designe administradora judicial de la sucesión a la cónyuge supérstite carece de fundamentos ni se ha acreditado inidoneidad alguna con relación a la nombrada, amén de señalar que la inexistencia de una denuncia o inventario de bienes definitivo no obsta a la designación de un administrador por cuanto de las constancias de autos surge la existencia de bienes que requieren una administración y además los herederos se han manifestado a fs. 128 con relación a los bienes, por todo ello y teniendo en cuenta las disposiciones del art. 709 del C.Pr., a la oposición formulada no ha lugar.-
En su mérito, desígnase Administradora Judicial de acuerdo a lo previsto en el art. 709 del C.Pr., a la María Ines Bucci (D.N.I. nº 12.397.539), quién deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria (art. 710 del C.Pr.). La misma deberá llevar su cometido conforme las facultades y obligaciones previstas en los arts. 712 y 713 del C.Pr.. Oportunamente expídase testimonio.-
Proveyendo a fs. 144/145:
Agréguese.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro