Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1207/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-12

Carátula: CONTRERAS MARIA BERTA Y MARTIN JUAN SEGUNDO S/ SUCESION

Descripción: DECLARATORIA DE HEREDEROS - HIJOS Y CONY -modelo original

Viedma, abril de 2.011.-

Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 53 de estos autos caratulados: "CONTRERAS MARIA BERTA Y MARTIN JUAN SEGUNDO S/ SUCESION" Expediente Nº 1207/2010;

Y CONSIDERANDO:

Que según la partida de fs. 15 se acredita que la causante María Berta Contreras falleció en Viedma, el día 23 de noviembre de 1.986.-

Que según la partida de fs. 16 se acredita que el causante Juan Segundo Martín falleció en Viedma, el día 12 de febrero de 1.987.-

Que conforme los certificados obrantes a fs. 17/23 se acredita el nacimiento de los hijos de los causantes: Diana Graciela Martín en Viedma el día 28 de abril de 1.955, Mario Horacio Martín en Viedma el día 29 de julio de 1.956, Daniel Eduardo Martín en Viedma el día 08 de diciembre de 1.958, Sergio Gabriel Martín en Viedma el día 31 de octubre de 1964, Héctor Andrés Martín en Viedma el día 21 de enero de 1967, Alejandra Mabel Martín en Viedma el día 20 de diciembre de 1.969 y Silvia Marcela Martín en Viedma el día 16 de julio de 1.973.-

Que a fs. 45 y 46 se encuentran agregados los oficios librados al Registro Público de Juicios Universales que determina el art. 3 de la Ley 788, con los requisitos de la Acordada del Superior Tribunal de Justicia, de cuyo diligenciamiento surge que la presente sucesión no ha sido tramitada.-

Que a fs. 48 se encuentra agregado el oficio librado al Registro de la Propiedad Inmueble que determina el art. 6 de la Ley Nº 133, mediante el cual se informa que los causantes no dejaron disposición testamentaria.-

Que a fs. 50/52 corren agregados los ejemplares del Boletín Oficial donde consta la publicación de los edictos ordenados, habiendo certificado la Actuaria a fs. 54 sobre el vencimiento del término y resultado de dichas publicaciones.-

Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 55, la Fiscalía de Estado a fs. 54 vta. y la Defensora de Incapaces y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-

RESUELVO:

1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de doña MARIA BERTA CONTRERAS le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: DIANA GRACIELA MARTIN, MARIO HORACIO MARTIN, DANIEL EDUARDO MARTIN, SERGIO GABRIEL MARTIN, HECTOR ANDRES MARTIN, ALEJANDRA MABEL MARTIN y SILVIA MARCELA MARTIN.-

2.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de don JUAN SEGUNDO MARTIN le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: DIANA GRACIELA MARTIN, MARIO HORACIO MARTIN, DANIEL EDUARDO MARTIN, SERGIO GABRIEL MARTIN, HECTOR ANDRES MARTIN, ALEJANDRA MABEL MARTIN y SILVIA MARCELA MARTIN.-

3.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-

4.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

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