Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0953/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-12

Carátula: ALBRECHT SILVIA BEATRIZ C/ CLINICA VIEDMA S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 ORDINARIO - Nueva

EXPTE. N° 0953/2009

CARATULA: ALBRECHT SILVIA BEATRIZ C/ CLINICA VIEDMA S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, abril de 2011.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 17 de mayo de 2011 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-

De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar.

Notifíquese por Secretaría y a la Defensora de Menores e Incapaces en su despacho.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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