Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1084/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-11

Carátula: MARTIN ALFREDO AURELIO C/ GONZALEZ RICARDO ROQUE JESUS S/ DESALOJO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: RICARDO ROQUE JESUS GONZALEZ y Dr. Norberto Oscar López

Domicilio: Alvear 525 - P. B. of. "A" (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MARTIN ALFREDO AURELIO C/ GONZALEZ RICARDO ROQUE JESUS S/ DESALOJO ", Expte. Nº 1084/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, abril 07 de 2.011.- Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 10 de MAYO de 2.011 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..- Notifíquese por Secretaría y a la Sra. Defensora de Menores e Incapaces en su público despacho.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de abril de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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