Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0243/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-08

Carátula: HARO CALBUYAHUE SILVERIO C/ HARO NECUL SONIA DELMIRA S/ DESALOJO

Descripción: mandamiento

EXPTE. N° 0243/2010

CARATULA: HARO CALBUYAHUE SILVERIO C/ HARO NECUL SONIA DELMIRA S/ DESALOJO

Viedma, abril de 2011.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, habiendo expresado la demandada que ha desocupado el inmueble en cuestión al desahucio solicitado no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo expresado y a los fines de poner en posesión del inmueble al actor, líbrese el correspondiente mandamiento, debiendo previamente el sr. Oficial de Justicia constatar el estado de ocupación del inmueble.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro