include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0243/2010
Fecha: 2011-04-08
Carátula: HARO CALBUYAHUE SILVERIO C/ HARO NECUL SONIA DELMIRA S/ DESALOJO
Descripción: mandamiento
EXPTE. N° 0243/2010
CARATULA: HARO CALBUYAHUE SILVERIO C/ HARO NECUL SONIA DELMIRA S/ DESALOJO
Viedma, abril de 2011.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado y constancias de autos, habiendo expresado la demandada que ha desocupado el inmueble en cuestión al desahucio solicitado no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo expresado y a los fines de poner en posesión del inmueble al actor, líbrese el correspondiente mandamiento, debiendo previamente el sr. Oficial de Justicia constatar el estado de ocupación del inmueble.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro