Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40438

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-08

Carátula: MENDEZ Daniel Horacio S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 08 de ABRIL de 2011.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "MENDEZ DANIEL HORACIO S/SUCESION" (Expte. Nro. 40.438-III-10).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Daniel Horacio Mendez ocurrido el 06 de junio de 2009 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 3.

Siendo el causante soltero y sin hijos, a fs. 7 se presentan sus padres José Valentín Mendez y Sonia Choiman, matrimonio celebrado el 18 de agosto de 1983 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 5.

A fs. 4 se agrega certificado de nacimiento de Daniel Horacio Mendez, nacido el 11 de agosto de 1986 en Allen (Río Negro), con lo que queda debidamente acreditado el vínculo.

A fs. 8 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 13 y 15 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 23/25 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3567 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de DANIEL HORACIO MENDEZ, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus padres JOSE VALENTIN MENDEZ y SONIA CHOIMAN .

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro