Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38400

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-08

Carátula: CERDA Isolina S/ Sucesión

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 08 de ABRIL de 2011.=

Agréguese.

Regulo por la primera y segunda etapa los honorarios del Dr. Diego Hernán Suárez en la suma de $ 7.290.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 72.889.- Fs. 178 y 181- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Previo a la regulación por la tercer etapa acompáñese libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas como asimismo libre inhibición de la causante.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro