Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0028/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-07

Carátula: IRIBARNE OSCAR OSVALDO C/ TAGLIANI CELSIO JULIAN Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: ARCHIVO TERMINADO C/ CF RES. 53/05

EXPTE:0028/2004

CARATULA:IRIBARNE OSCAR OSVALDO C/ TAGLIANI CELSIO JULIAN Y OTRA S/ EJECUTIVO

*0047785949*

Viedma, abril de 2.011.-

Atento el estado de las presentes actuaciones y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 53/05, archívense las mismas en carácter de terminadas, remitiéndose oportunamente al Archivo General del Poder Judicial.-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, trans- curridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro