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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0835/2009
Fecha: 2011-04-06
Carátula: MOLINA ZENONA Y QUICHAN CEFERINO S/ SUCESION
Descripción: interpone revocatoria con apelación en subsidio-hace lugar
EXPTE. No. 0835/2009
CARATULA: MOLINA ZENONA Y QUICHAN CEFERINO S/ SUCESION
Viedma, abril de 2010.-
Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio, contra la providencia de fs. 206, primer párrafo.-
Atento las razones expuestas por el recurrente y habiéndose efectuado un nuevo análisis de la cuestión, ello teniendo en cuenta que se ha planteado la nulidad del contrato de cesión de derechos hereditarios de fs. 162/163 y que se ha interpuesto recurso de la apelación contra la resolución que resuelve dicho planteo (fs. 186/188), hágase lugar al recurso interpuesto y en consecuencia revócase por contrario imperio la providencia atacada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro