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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0250/2005
Fecha: 2011-04-06
Carátula: FARRA OSCAR ROLANDO C/ MORALES MAXIMILIANO Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar
EXPTE. Nº 0250/2005
FARRA OSCAR ROLANDO C/ MORALES MAXIMILIANO Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, abril de 2011.-
Teniendo en cuenta que el motor instalado en el vehículo a subastar no se corresponde con el registrado en la cédula y título, circunstancia ésta que impide su circulación tal como lo expusiera el martillero interviniente en autos a fs. 170 y toda vez que mediante las gestiones que éste realizara se ha tomado posesión del block original según lo manifestado a fs. 190, a la realización de la subasta en la forma peticionada no ha lugar. En consecuencia, estése a la decretada a fs. 159 debiéndo consignarse en los edictos el estado del vehículo.-
En consecuencia corresponde en este estado proceder a la devolución al sr. Jorge Enrique Bobadilla del motor que se encuentra instalado en el vehículo a subastar. Notifíquese y al martillero interviniente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro