Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0731/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-06

Carátula: ALVAREZ ROBERTO OSCAR S/ SUCESION

Descripción: llama atención escribana y def. _ se autoriza tracto abreviado - const. ley 869

EXPTE. Nº 0731/2009

CARATULA: ALVAREZ ROBERTO OSCAR S/ SUCESION

Viedma, abril de 2.011.-

Toda vez que de las constancias de autos no surge que se hubiera autorizado la inscripción de la declaratoria de herederos de la forma en que se está realizando ello conforme surge de las actuaciones que en fotocopia se agregan, hágase saber a la escribana y a la profesional interviniente que en lo sucesivo deberán abstenerse de realizar gestiones sin la debida autorización judicial. Notifíquese.-

Sin perjuicio de ello y atento el estado de autos, inscríbase la declaratoria de herederos respecto del bien inmueble en cuestión por el sistema de tracto abreviado, autorizándose a la escribana María Cecilia Leiva a intervenir en su instrumentación y al retiro de las actuaciones.-

Toda vez que la parte actua con la intervención de la sra. Defensora General del Poder Judicial se encuentra exenta de cumplir con el aporte dispuesto art. 20 de la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

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