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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40842
Fecha: 2011-04-06
Carátula: SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)
Descripción: providencia inicio//oficios//cédulas
General Roca, 06 de abril de 2011.-
Por recibido, hágase saber el Juez que va a entender.-
Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y al HOSPITAL DE ALLEN y GENERAL ROCA, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia de la presentación de fs. 1.-
Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-
SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y HOSPITAL DE ALLEN y GENERAL ROCA además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si tiene antecedentes que el paciente JONATAN FELIX GALLARDO, D.N.I. N° 30.842.982 sufrió de luxación de hombro recidivante.-
2.- Si es paciente del Dr. Bassi.-
3.- Si se ha requerido con fecha 02-07-09 la provisión de prótesis para hombro con caracter de urgente y en su caso respuesta dada.-
4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-
5.- Situación del expediente administrativo N° 45.739 de fecha 02-07-09.-
6.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuenica de ello se demora la intervención quirúrgica.-
El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 6 de abril de 2011.-
Al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Oficio Nro. 811
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)" (Expte. 40842) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista, el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.-
Además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:
1.- Si tiene antecedentes que el paciente JONATAN FELIX GALLARDO, D.N.I. N° 30.842.982 sufrió de luxación de hombro recidivante.-
2.- Si es paciente del Dr. Bassi.-
3.- Si se ha requerido con fecha 02-07-09 la provisión de prótesis para hombro con caracter de urgente y en su caso respuesta dada.-
4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-
5.- Situación del expediente administrativo N° 45.739 de fecha 02-07-09.-
6.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuenica de ello se demora la intervención quirúrgica.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 06 de abril de 2011.- ... líbrese oficio con adjunción de copia de la presentación... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 6 de abril de 2011.-
Al HOSPITAL DE ALLEN
Oficio Nro. 812
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)" (Expte. 40842) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista, el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.-
Además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:
1.- Si tiene antecedentes que el paciente JONATAN FELIX GALLARDO, D.N.I. N° 30.842.982 sufrió de luxación de hombro recidivante.-
2.- Si es paciente del Dr. Bassi.-
3.- Si se ha requerido con fecha 02-07-09 la provisión de prótesis para hombro con caracter de urgente y en su caso respuesta dada.-
4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-
5.- Situación del expediente administrativo N° 45.739 de fecha 02-07-09.-
6.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuenica de ello se demora la intervención quirúrgica.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 06 de abril de 2011.- ... líbrese oficio con adjunción de copia de la presentación... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
General Roca, 6 de abril de 2011.-
Al HOSPITAL DE GENERAL ROCA
Oficio Nro. 813
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)" (Expte. 40842) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista, el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.-
Además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:
1.- Si tiene antecedentes que el paciente JONATAN FELIX GALLARDO, D.N.I. N° 30.842.982 sufrió de luxación de hombro recidivante.-
2.- Si es paciente del Dr. Bassi.-
3.- Si se ha requerido con fecha 02-07-09 la provisión de prótesis para hombro con caracter de urgente y en su caso respuesta dada.-
4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-
5.- Situación del expediente administrativo N° 45.739 de fecha 02-07-09.-
6.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuenica de ello se demora la intervención quirúrgica.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 06 de abril de 2011.- ... líbrese oficio con adjunción de copia de la presentación... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO
ALVARO BARROS 328
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)" (Expte. N* 40842) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 6 de abril de 2011... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta" .- ...
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
NOTA: SE ADJUNTA COPIA DEL ACTA
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 6 de abril de 2011 .-
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO
LAPRIDA 212
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SAN MARTIN Mónica S/ Amparo (Ministerio de Salud RN)" (Expte. N* 40842) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 6 de abril de 2011... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta" .- ...
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
NOTA: SE ADJUNTA COPIA DEL ACTA
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 6 de abril de 2011 .-
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Poder Judicial de Río Negro