Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36893

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-07

Carátula: FLORES Carmelo C/FLORES Pedro S/ Interdicto de retener

Descripción: preliminar//vta. notif. por Secretaria

General Roca, 07 de junio de 2.005.-

Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado cofnerido a fs. 70.-

Existiendo hechos controvertidos que serán objeto de comprobación, recíbase la causa a prueba y en atención a lo dispuesto por el art. 489 del C.P.C. fíjase la audiencia preliminar del día 30 de junio de 2.005 a las 8,30 hs., a la que deberán comparecer las partes en forma personal, con sus letrados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 362 del C.P.C. y de aplicar una multa de $ 200 en favor de la contraria, a la parte que no concurriere sin justa causa (art. 362 del citado texto legal).

Notifíquese por Secretaría.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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