Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0225/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-05

Carátula: MANSILLA JUAN ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: JUAN ANGEL MANSILLA (Patr. Dra. ANA SOLEDAD SCHIAVONE)

Domicilio: LAPRIDA Nº 292 NIVEL -1 (COLEGIO DE ABOGADOS) (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MANSILLA JUAN ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS ", Expte. Nº 0225/2011, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, abril de 2.011.- Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de abril de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro