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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25067III
Fecha: 2005-06-07
Carátula: ALVARO Vicente S/ Sucesión
Descripción: regulacion por dos etapas
General Roca, 07 de junio de 2.005.-
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Carlos Enrique Kohon en la suma de $ .3.640........... a cargo de los herederos y por la suma de $ 1.820........... a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 60.124 -fs. 45- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes y libres deudas del inmueble detallados a fs. 43 .-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro