Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0517/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-01

Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ SEPULVEDA JOSE JULIO S/ EJECUTIVO

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS-VISTA CAJA FORENSE

EXPTE Nº 0517/2010

CARATULA: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ SEPULVEDA JOSE JULIO S/ EJECUTIVO

Viedma, abril de 2.011.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega a fs. 12/13 la diligencia no ha sido practicada en la persona del demandado José Julio Sepúlveda, y toda vez que la resolución de fs. 7 y vta. debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que el citado pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

Agréguese la boleta de depósito acompañada y del pago efectuado, vista a la Caja Forense.-

Repóngase aportes y sellados faltantes conforme lo dispuesto a fs. 6.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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