Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0419/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-04-01

Carátula: ACOSTA VICTOR HUGO C/ ABAYU GABRIEL EDGARDO Y OTROS S/ ORDINARIO - ESCRITURACION

Descripción: ESTESE

EXPTE Nº 0419/2009

CARATULA: ACOSTA VICTOR HUGO C/ ABAYU GABRIEL EDGARDO Y OTROS S/ ORDINARIO - ESCRITURACION

Viedma, abril de 2011.-

Proveyendo a fs. 108/110:

Agréguense.-

Proveyendo a fs. 111:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestado el traslado conferido de fs. 93.-

Estése a lo dispuesto en la providencia de fs. 107.-

Proveyendo a fs. 112/113:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestado el traslado conferido de fs. 93.-

Estése a lo dispuesto en la providencia de fs. 107.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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