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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0565/2005
Fecha: 2005-12-21
Carátula: TOLOSA RUBEN ATILIO JOSE C/ LINARES LUIS ALBERTO S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0565/2005.-
CARATULA: "TOLOSA RUBEN ATILIO JOSE C/ LINARES LUIS ALBERTO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese el saldo bancario acompañado. Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Gaspar Alejandro Platino y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 200 en concepto de Honorarios y al Sr. Ruben Atilio José Tolosa la suma de $ 2.329 por Capital, debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del CPCC, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada. Previamente, cúmplase con la ley 869.-
En consecuencia, conforme lo ordenado precedentemente, a la autorización conferida no ha lugar, por no corresponder.-
s.b.s.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro