Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1136/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-30

Carátula: SUAREZ GUILLERMO ADRIAN C/ CASAMIQUELA SELVA Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA

Descripción: CONSTANCIA

EXPTE. Nº 1136/2009

CARATULA SUAREZ GUILLERMO ADRIAN C/ CASAMIQUELA SELVA Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA

CONSTANCIA: De conformidad a lo ordenado a fs. 217 del Expte nº 0576/2008 caratulado: "Anton c/ Gallur S.R.L. s/ Ejecutivo, se deja constancia que una vez realizada la subasta del inmueble embargado y en la oportunidad dispuesta en el art. 590 del C.Pr., deberá transferirse a dichos autos la suma de $ 23.200 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.000 presupuestada para intereses y costas, conforme anotación de embargo que fuera realizada sobre el inmueble en cuestión (fs. 164/166 -asientos 8 y 12). Conste.-

SECRETARIA, marzo de 2.011.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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