Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0047/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-30

Carátula: CAHOR S.R.L. S/ QUIEBRA S/ OFICIO

Descripción: - OFICIO ampliatorio

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

Viedma, marzo de 2.011.-

OFICIO nº /11.-

Al Registro de la

Propiedad Inmueble

SU DESPACHO

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados: "CAHOR S.R.L. S/ QUIEBRA S/ OFICIO" Expte. Nº 0047/2011 que tramitan por ante el Juzgado Civil Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, cuyos autos principales tramitan por ante el Juzgado Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría Nº 20 de la Dra. Fernanda Andrea Gomez, sito en Av. Callao Nº 635 P.B. de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de que se tome razón del CUIT Nº 30-70821333-7 correspondiente a la fallida.-

Se hace constar que no corresponde oblar arancel alguno (conf. art. 273 L.C.).-

La providencia que ordena el presente textualmente dice: "Viedma, marzo de 2.011.- Agréguese. Atento a lo que surge del informe que se incorpora, hágase constar el CUIT Nº 30-70821333-7 de la fallida en el cuerpo del oficio, a cuyo fin líbrese oficio ampliatorio del Nº 224/11 por Secretaría al Registro de la Propiedad Inmueble.- Fdo. Rosana Calvetti - Juez".-

Saludo a Ud. muy atte.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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