Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0576/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-30

Carátula: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO

Descripción: ordena transferir

EXPTE. Nº : 0576/2008.-

CARATULA: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO.-

Viedma, marzo de 2011.-

Atento lo manifestado y a los fines peticionados, hágase saber en los autos caratulados; "Suárez Guillermo Adrián c/ Casamiquela Selva y otra s/ Ejecución Hipotecaria", Expte. nº 1136/2009, que una vez realizada la subasta del inmueble embargado y en la oportunidad dispuesta en el art. 590 del C.Pr., deberá transferir la suma de $ 23.200 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.000 presupuestada para intereses y costas, conforme anotación de embargo que fuera realizada sobre el inmueble en cuestión (fs. 164/166 -asientos 8 y 12). A los fines de la toma de razón de la medida ordenada, déjese constancia por Secretaría en los autos mencionados.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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