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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37088
Fecha: 2011-03-30
Carátula: ALMONACID Carlos Jorge y Otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: audiencia y providencia
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 8,20 hs. del día 30 de marzo de 2011, comparecen ante mi Secretaria Autorizante la Dra. Fabiana Arroyo en el caracter de apoderada de la parte actora.- Abierto el acto comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma dijo ser y llamarse, ROBINSON AURELIO ESPINOZA VALENZUELA, D.N.I. N° 93.080.936 que exhibe en el acto, chileno, soltero, empleado rural, con domicilio real en Bariloche 74 Barrio 25 de Mayo de Villa Regina, quien declara a tenor del pliego que se agrega a fs.. 1).... CONTESTO: Amistad con la familia Almonacid, desde chicos, hace muchos años.- Las demas no le comprenden.- 2)... CONTESTO: No tienen bienes, tienen normal como yo.- Ellos no tienen autos, tampoco tienen casa ninguno de los tres.- 3)... CONTESTO: Diego Gabriel es trabajador rural, tambien Lorenzo y Carlos Jorge son empleados rurales, trabajan en las chacras.- Ganan lo que marca la ley.- 4)... CONTESTO: Ellos viven de su trabajo, lo que marca la ley, tienen el sueldo y no tienen otra entrada.- Lorenzo y Diego no son permanentes.- Son trabajadores temporarios.- 5)... CONTESTO: Cada uno vive en su casa, ellos viven en el sector chacras y no se las direcciones.- Las chacras son de los empleadores.- 6)... CONTESTO: Diego Gabriel es juntado y tiene un hijo.- Jorge tambien es juntado y con una hija.- Y Lorenzo es soltero.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
Acto seguido y ante las mismas partes comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, OMAR JUAN SOTO ZURITA, D.N.I. N° 92.998.718 que exhibe en el acto, chileno, soltero, jubilado, con domicilio real en Jose Parolini 144 de villa Regina, quien declara a tenor del pliego obrante a fs. 4 vta.- 1),... CONTESTO: Conozco a los Almonacid, por parte de su papá, y despues por sus abuelos y sus tios.- Las demas no le comprenden.. 2)... CONTESTO: No, que yo sepa no.- NO tienen autos ni casa, viven en las chacras del patron.- Ellos trabajan en forma temporaria.- 3)... CONTESTO: Diego Gabriel es empleado rural, Lorenzo y Carlos Jose tambien, los tres son temporarios.- 4)... CONTESTO: Ellos viven de los que trabajan la temporaria, y en el invierno viven con sus tios, no se decirle mas.- 5),.,, CONTESTO: viven en las chacras de los patron.- 6)... CONTESTO: Diego Gabriel tiene un niño, si esta junto o no, no lo se.- Lorenzo no tiene hijos.- Carlos Jose tiene una nena y su Sra.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
Acto seguido y ante las mismas partes comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma dijo ser y llamarse, JOSE DIONICIO LEAL FAUNDEZ, D.N.I. N° 92.910.409 que exhibe en el acto, chileno, soltero, peon rural, con domicilio real en Chacra 105 Villa Regina, quien declara a tenor del pliego obrante a fs. 4 vta.- 1)... CONTESTO: a los Sres. Almonacid los conozco de chicos.- Fueron criados por la tia, porque los abandonaron.- Las demas no le comprenden.- 2)... CONTESTO: No, no tienen ni casa ni auto.- 3)... CONTESTO: Ellos son empleados rurales temporarios.- 4)... CONTESTO: Los sueldos que cobran por la temporada, cosechan y podan.- 5)... CONTESTO: Uno vive en la chacra, otro con la tia, y el otro en un barrio, pero ubicar la casa no lo se.- 6)... CONTESTO: Diego Gabriel creo que vive con una chica y tiene un nenito me parece.- Lorenzo ese es solo.- Carlos Jose tambien esta juntado con una nenita.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
General Roca, 30 de marzo de 2011.-
No habiendo demandado a la Sra. Mirta Susana Nuñez ni citado en garantia conforme constancias de fs. 4, aclare lo que peticiona y se proveerá.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro