Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40731

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-29

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS en: NCC CONSTRUCCIONES S.R.L. S/QUIEBRA S/ Incidente

Descripción: resolucion a protocolo

General Roca, 29 de marzo de 2011.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "DIRECCION GENERAL DE RENTAS en NCC CONSTRUCCIONES SRL s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE" (Expte. N° 40.731-III-11).-

A fs. 9 se presenta la Direccion General de Rentas de la Provincia de Rio Negro y solicita la verificación de crédito que posee contra la firma fallida NCC Construcciones SRL por las sumas que detalla, con causa en Impuesto a los Ingresos Brutos e Impuesto a los Automotores por los rodados UDX421, BOS663, BUI196, RIX319, por las sumas que determina en el rubro liquidación, y solicita privilegio especial y general por el capital de los impuestos y quirografario por los intereses.-

Ofrece prueba documental y funda en derecho.-

A fs. 13 se expide la sindicatura.-

A fs. 14 se dictan autos para resolver.-

Avalada la pretensión del organismo de recaudación fiscal provincial por la documentación acompañada y aceptado por sindicatura la causa u origen, el monto y privilegio solicitado por el acreedor, corresponde hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Rio Negro.-

Sin perjuicio que el dictamen de sindicatura omite algunas consideraciones formales sobre la procedencia de los montos y privilegios pretendidos, la documental aportada por el actor y la claridad de la petición permiten soslayar dicho inconveniente.-

En función de ello, corresponde verificar los créditos insinuados por los montos y privilegios solicitados por el actor, conforme el siguiente detalle: $ 3.282,60 con Privilegio General, $ 5.206,30 con privilegio especial y $ 3.976,15 como quirografario.-

Atento lo dispuesto por el art. 202 de la LCQ no se imponen costas ni se regulan honorarios.-

Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts. 33, 36, 56 y cc. de la ley 24522.-

RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado y en su consecuencia declarar verificados en el concurso de la firma NCC Construcciones SRL, los créditos insinuados por la DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO por los montos y privilegios que se detallan a continuación $ 3.282,60 con Privilegio General, $ 5.206,30 con privilegio especial y $ 3.976,15 como quirografario y todos con causa en los impuestos devengados en concepto de Ingresos Brutos e Impuesto al Automotor.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro