Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0658/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-23

Carátula: DIAZ DIOGENES MARTIN S/ SUCESION

Descripción: DENUNCIA BIEN

EXPTE Nº 0658/2008

CARATULA: DIAZ DIOGENES MARTIN S/ SUCESION

Viedma, marzo de 2011.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Por presentada la declaración jurada patrimonial. Del pago efectuado y a los fines que estime corresponder, pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas a sus efectos.-

De lo manifestado en el último párrafo del escrito a despacho, córrase vista a la Caja Forense.-

Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción de los bienes componentes del acervo hereditario. En consecuencia, a la autorización peticionada no ha lugar.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro