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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0166/2008
Fecha: 2011-03-22
Carátula: RODRIGUEZ ROLANDO Y RODRIGUEZ HECTOR S/ SUCESION
Descripción: NO CORRESPONDE HOMOLOGAR - TRAER CERT.
EXPTE. Nº : 0166/2008.-
CARATULA: RODRIGUEZ ROLANDO Y RODRIGUEZ HECTOR S/ SUCESION.-
Viedma, marzo de 2011.-
Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción de los bienes componentes del acervo hereditario, debiendo acompañar los certificados solicitados a fs. 85. En consecuencia, a la homologación peticionada no ha lugar.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro