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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0441/2007
Fecha: 2011-03-22
Carátula: GORRITI CHRISTIAN ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO
Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
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C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE
Domicilio: BELGRANO Nº 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GORRITI CHRISTIAN ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO ", Expte. Nº 0441/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 18 de marzo de 2.011.- ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 12/13 y condenar al Banco Hipotecario S.A. a abonar al Sr. Christian Antonio Gorriti, en el plazo de 10 días, la suma de $ 15.000 en concepto de daño moral y de allí en más los intereses posteriores a la tasa activa hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la demandada (art. 68 ap. 1° C. Pr.) y regular los honorarios del Dr. Mario Sabbatella en la suma de $ 2.250 (coef. 15 %) y los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 1.900 (coef. 9 % + 40 %) -M.B.: $ 15.000- conf. arts. 6, 7, 8, 9 y conc. Ley G nº 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro