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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0532/2006
Fecha: 2011-03-21
Carátula: CAMPOS MORA HECTOR FERNANDO Y OTRA C/ CONFEDERACION ARGENTINA DE JUDO (C.A.J.) S/ ORDINARIO
Descripción: comparece demandada - presentan convenio de pago - previa conf. caja forense levanta embargo
EXPTE. Nº 0532/2006
CARATULA: CAMPOS MORA HECTOR FERNANDO Y OTRA C/ CONFEDERACION ARGENTINA DE JUDO (C.A.J.) S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2.011.-
Proveyendo a fs. 256:
Estése a lo dispuesto en el segundo párrafo de la providencia de fs. 250.-
Al escrito de fs. 265:
Por presentada, parte a tenor de la copia del poder acompañado y por constituido el domicilio.-
En su mérito, cése la rebeldía decretada a fs. 79.-
Agréguese el convenio presentado.-
Atento lo peticionado por las partes y previa conformidad de la Caja Forense, levántase el embargo decretado a fs. 251, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina.-
Teniendo en cuenta el estado de autos y a los fines de la determinación de los sellados de ley que deberán abonarse, pasen las actuaciones en vista a la Dirección General de Rentas.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro