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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40774
Fecha: 2011-03-18
Carátula: ORTIZ Yolanda Beatriz S/ Amparo (Salud Publica)
Descripción: acta-prov.-oficios-
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 8,15 hs. del dia 18 de marzo de 2011, comparecen ante mi Secretaria Autorizante la Sra. MARCELA INES ORTIZ, D.N.I. N° 21.387.315, que exhibe en el acto, argentina, casada, con domicilio real en Libertad 3766 de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra el MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO a favor de su hermana Sra. YOLANDA BEATRIZ ORTIZ, D.N.I. N° 14.389.266, en razón que por padecer esta en el año 2007 un papiloma invertido, fue derivada al Hospital de Ramos Mejia en Buenos Aires, alli la biopsia determina que es un carcinoma epidermoide definido, se hace una segunda derivación al Hospital Italiano donde es operada, lleva un control de seis meses de postoperatorio y viendo que estaba todo en condiciones la derivan a General Roca, dándole un alta para controlarse una vez por año.- En dicho lapso siente dolores, y se pide una derivación del Hospita de Roca al Italiano, se niega porque no habia convenio con el Italiano.- No pudo viajar en el 2009 y 2010, y por la falta de control ahora tiene problemas mayores, En enero viajo al Instituto Oncologico Roffo, donde le encuentran otros tumores mas que pueden ser secuela del anterior o restos del anterior, por lo que se le pide una cirugia endoscopica subnasal, para corroborar un diagnóstico presuntivo de recidiva epidermoide papiloma invertido, en un Instituto de Alta complejidad en la ciudad de Buenos Aires, pues en la zona no hay institutos que lo hagan.- Aparentemente el tumor esta ubicado en una zona de la cabeza muy atras, por lo cual no pueden hacer un estudio sacando material y luego operando para sacar el tumor, sino que necesitan deteminar con dicho estudio la patologia del tumor.- Para luego realizar la cirugia, no es lo mismo sacar un tumor que no es cancer a preparar la misma cirugia si el tumor tiene cancer.- Indica que la paciente sufre fuertes dolores de cabeza que le impiden levantarse de la cama, que ya no hay calmantes que puedan disminuir el dolor, por lo que considera que la demora en la derivación para realizar el estudio, pone en serios riesgos la salud de la misma.- Ningun médico en Roca quiere tocarla ni hacer nada, pues todo depende de ese estudio.- En conclusión peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitucion Provincial se ordene a SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO a proveer la autorización necesaria para llevar a cabo dicho estudio, con toda la derivación, pasajes y estadias, para la paciente y un acompañante.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-
General Roca, 18 de marzo de 2011.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia lÍbrese oficio con adjunción de copia del acta.-
Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-
EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO además del amplio informe requerido debera responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si la paciente YOLANDA BEATRIZ ORTIZ, es atendida en el Hospital de General Roca.-
2.- Si hay antecedentes que la misma padece de un carcinoma epidermoide definido.-
3.- Si por dicha enfermedad fue derivada en el año 2007 al Hospital de Ramos Mejia de Buenos Aires.-
4.- Si luego ha continuado con el control en Hospital de General Roca.-
5.- Si ha tramitado una nueva derivacion para realizar un estudio de alta complejidad de cirugia endoscopica subnasal para corroborar un diagnóstico presuntivo de recidiva epidermoide papiloma invertido.-
6.- Si hay trámite del pedido de autorizacion de derivacion, pasajes y estadias por expediente N° 113.11 En su caso respuesta dada por el ministerio.-
Asimismo librese oficio a la Dra. Ines Baumann a fin de que informe:
1.- Si atiende a la paciente YOLANDA BEATRIZ ORTIZ, en caso afirmativa, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si ha solicitado la derivación a un Instituto de Alta Complejidad de Buenos Aires, para realizar una cirugia endoscopica subnasal para corroborar un diagnóstico presuntivo de recidiva epidermoido papiloma invertido.-
3.- Importancia de dicho estudio.-
4.- Consecuencias que puede padecer la paciente de no realizarse el estudio de manera urgente.-
El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 18 de marzo de 2011.-
Al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Oficio Nro. 408
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ORTIZ Yolanda Beatriz S/ Amparo (Salud Publica)" (Expte. 40774) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación de la paciente .......Yolanda Beatriz ORTIZ (DNI 14.389.266), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.-
Además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:
1.- Si la paciente YOLANDA BEATRIZ ORTIZ, es atendida en el Hospital de General Roca.-
2.- Si hay antecedentes que la misma padece de un carcinoma epidermoide definido.-
3.- Si por dicha enfermedad fue derivada en el año 2007 al Hospital de Ramos Mejia de Buenos Aires.-
4.- Si luego ha continuado con el control en Hospital de General Roca.-
5.- Si ha tramitado una nueva derivacion para realizar un estudio de alta complejidad de cirugia endoscopica subnasal para corroborar un diagnóstico presuntivo de recidiva epidermoido papiloma invertido.-
6.- Si hay trámite del pedido de autorizacion de derivacion, pasajes y estadias por expediente N° 113.11 En su caso respuesta dada por el ministerio.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 18 de marzo de 2011.- ... líbrese oficio al Ministerio de Salud Publica... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 18 de marzo de 2011.-
A la Dra. Ines Baumann
Oficio Nro. 411
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ORTIZ Yolanda Beatriz S/ Amparo (Salud Publica)" (Expte. 40774) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe:
1.- Si atiende a la paciente YOLANDA BEATRIZ ORTIZ, en caso afirmativa, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si ha solicitado la derivación a un Instituto de Alta Complejidad de Buenos Aires, para realizar una cirugia endoscopica subnasal para corroborar un diagnóstico presuntivo de recidiva epidermoido papiloma invertido.-
3.- Importancia de dicho estudio.-
4.- Consecuencias que puede padecer la paciente de no realizarse el estudio de manera urgente.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 18 de marzo de 2011.- ... líbrese oficio al Ministerio de Salud Publica y a la Dra. Ines Baumann ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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