Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40609

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-17

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. c/VILLAREAL Luis Fabian S/ Ejecutivo

Descripción: Agréguese

//neral Roca, 17 de MARZO de 2011.=

Proveyendo el escrito de fs. 22, agréguese y téngase presente.

Al punto 2, a los fines de la notificación del embargo líbrese cédula a la empleadora.

Proveyendo el escrito de fs. 24, agréguese y téngase presente el nuevo domicilio del demandado denunciado.

A los fines de la notificación de fs. 11, amplíase el plazo para oponer excepciones en el término de veintiún dias, a cuyo fin líbrese cédula ley 22172.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro