include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40609
Fecha: 2011-03-17
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. c/VILLAREAL Luis Fabian S/ Ejecutivo
Descripción: Agréguese
//neral Roca, 17 de MARZO de 2011.=
Proveyendo el escrito de fs. 22, agréguese y téngase presente.
Al punto 2, a los fines de la notificación del embargo líbrese cédula a la empleadora.
Proveyendo el escrito de fs. 24, agréguese y téngase presente el nuevo domicilio del demandado denunciado.
A los fines de la notificación de fs. 11, amplíase el plazo para oponer excepciones en el término de veintiún dias, a cuyo fin líbrese cédula ley 22172.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro