Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0840/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-16

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ NOBILI MARTHA MAGDALENA S/ APREMIO

Descripción: APRUEBA LIQUID.-REG. HONORARIOS-VISTA C.F.

EXPTE. Nº : 0840/2009.-

CARATULA: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ NOBILI MARTHA MAGDALENA S/ APREMIO".-

VIEDMA, marzo de 2011.-

No habiendo sido observada la liquidación practicada a fs. 81, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 16-01-11 asciende a la suma de $ 6.043,90.-

Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, adecúanse los honorarios profesionales del Dr. Fernando O. Ruiz en la suma de $ 820; y regúlanse los honorarios de la Dra. Guillermina Maxwell Allende en la suma de $ 492. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

De lo peticionado al punto 3), vista a la Caja Forense.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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