Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0555/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-16

Carátula: BAMBA MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO C/ CRAISE CLAUDIA FABIANA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.

EXPTE. Nº 0555/2009

CARATULA: BAMBA MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO C/ CRAISE CLAUDIA FABIANA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 16 días del mes de marzo de 2.011, siendo las 09:30 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, la Sra. MARIA DE LOS ANGELES BAMBA, D.N.I. nº 22.132.888 y el Sr. CLAUDIO GUILLERMO NAVARRETE, D.N.I. nº 23.270.263 junto a su letrado apoderado, Dr. Raúl José Cámpora y la Sra. CLAUDIA FABIANA CRAISE, D.N.I. nº 17.989.526 junto a su letrado patrocinante, Dr. Danilo Javier Vega, a la audiencia dispuesta por el art. 361 del C. Pr. Abierto el acto por la Sra. Juez y luego de dialogar con las partes, los mismos manifiestan que por el momento no es posible llegar a conciliación alguna, sin perjuicio de intentar durante la tramitación del juicio acordar al respecto. Seguidamente se fija el objeto de prueba consistente en determinar los hechos expuestos en la demanda y su contestación, en especial la existencia del hecho provocador del daño y en su caso la cuantía de la reparación. A continuación la parte actora manifiesta respecto de la prueba que ofreciera que ratifica la de la demanda y la de la minuta obrante a fs. 66. Corrido traslado a la parte actora solicita se reformule del punto de pericia Nº 1, en referencia a la frase "noticia inexacta", por ser indicativa, en virtud de ello las partes convienen que se la supla por "noticia objeto de este juicio. A su turno la parte demandada expone que ratifica la prueba ofrecida y la actora no tiene objeciones que formular. Plazo de prueba: 60 días. Seguidamente las partes acuerdan y así lo solicitan que la audiencia del art. 368 del CPCC sea fijada una vez producida la restante prueba. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-

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