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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40587
Fecha: 2011-03-16
Carátula: LEIVA Pedro Antonio c/ALARCON Juana Rosa y Otros S/ Interdicto de Recobrar
Descripción: Fija Preliminar
//neral Roca, 16 de marzo de 2011.-
Atento la cédula que obra a fs. 11, proveyendo la presentación de fs. 8, téngase por contestada la demanda por Juana Rosa Alarcón, Marcelo Leiva y Matías Leiva.-
Proveyendo el escrito de fs. 12, a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 06 de MAYO de 2011 a las 9.30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente (art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro