Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15354-188-09

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-16

Carátula: DE BARBA RINALDO / RIO DE LAS VUELTAS SRL S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15354-188-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes de Marzo de dos mil once reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "DE BARBA RINALDO C/ RIO DE LAS VUELTAS S.R.L. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS", expte. nro. 15354-188-09 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 318, respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.

A la cuestión planteada el dr. Escardó dijo:

Se solicita a fs. 317 regulación de honorarios.

Atento el estado de autos propondré regular los honorarios de segunda instancia a los dres. Pablo González y Miguel Colombres -en conjunto- en el 30%, y a los dres. Rodolfo Rodrigo y Joaquín Rodrigo -en conjunto- en el 25%, de los regulados a cada parte en el decisorio de primera instancia (arts. 6, inc. a, b, c y cc; 15 y cc. L.A.).

De pretenderse regulación por la tercera instancia deberá requerirse la elevación de los autos al STJ. MI VOTO.-

A la misma cuestión el dr. Camperi dijo:

Por iguales fundamentos a los expresados en su voto por el dr. Escardó, adhiero.-

A igual cuestión el dr. Osorio dijo:

Atento a la coincidencia de criterios de los sres. Vocales preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art. 271 del CPCC.).-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1) Regular los honorarios de segunda instancia a los dres. Pablo González y Miguel Colombres -en conjunto- en el 30%, y a los dres. Rodolfo Rodrigo y Joaquín Rodrigo -en conjunto- en el 25%, de los regulados a cada parte en el decisorio de primera instancia;

2) Registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los presentes autos a la instancia originaria para notificaciones y demás efectos.

mlh

Luis M. Escardó Edgardo J. Camperi Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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