Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0282/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-15

Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ ULLOA JOSE DANIEL S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0282/2006

CARATULA:ZAGARI NICODEMUS C/ ULLOA JOSE DANIEL S/ EJECUTIVO

Viedma, marzo de 2011.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe JOSE DANIEL ULLOA como empleado de la Policía de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 486,40 en concepto de honorarios. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro