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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39725
Fecha: 2011-03-14
Carátula: LEMA Marilina Belen c/MESCHINI Alberto y Otros S/ Beneficio y ordinario
Descripción: cédulas agreg.//Gtos pericia//Traslado depósito
Se agrega:
cédula a los demandados (Dra. Saitta) diligenciada el 04.03.11;
cédula a los demandados (Dra. Saitta) diligenciada el 04.03.11;
oficio e informe del Correo Argentino;
cédula a Silvia Vargas diligenciada el 21.02.11.-
//neral Roca, 14 de marzo de 2011.-
Proveyendo el escrito de fs. 237, al punto I, téngase presente.-
Al punto II, concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Al punto III y IV, atento lo peticionado, intímese a la parte actora para que dentro del quinto día de notificada, deposite en autos la suma de $ 300.-, en concepto de anticipo de gastos de pericia médica, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.-
Al punto V, suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-
Proveyendo el escrito de fs. 240, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs. 243, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs. 245, agréguese y del informe bancario, traslado.-
Hágase saber al perito accidentólogo Aldo F. Capitán que deberá denunciar su DNI a fin de ordenar el cheque por gastos de pericia.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro