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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0003/2011
Fecha: 2011-03-11
Carátula: SALAZAR ERMINDA C/ YACANTE JUAN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ RECURSO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SALAZAR ERMINDA C/ YACANTE JUAN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ RECURSO", Expte. Nº 0003/2011, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 4 de 2.011.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Dra. Zina Natalia Hermida a fs. 43/45 y revocar parcialmente la sentencia de fs. 40/41 respecto a los honorarios profesionales allí regulados a la apelante, estableciéndolos en la suma de $ 492 (3 jus).-II.- Sin costas atento las características del planteo (art. 68 CPCC).- III.- Firme la presente vuelva al Juzgado de origen.-IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, marzo de 2.011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro