Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31424III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-20

Carátula: COLUCCI Angel y O. c/RUIZ Damián S/ Sumario

Descripción: A cedula

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

COLUCCI ANGEL Y VICTOR COLUCCI

DR. NESTOR FABIAN FANJUL

MAIPU 1544 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COLUCCI ANGEL Y OTRO C/RUIZ DAMIAN S/SUMARIO” (31.424-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 13 de diciembre de 2.005 .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Nestor Fabian Fanjul, en $150.- (MB: $ 11.287,80.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Glósese la documentación original reservada en Caja Fuerte.-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. .-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 20 de diciembre de 2.005.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COLUCCI ANGEL Y OTRO C/RUIZ DAMIAN S/SUMARIO” (31.424-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 13 de diciembre de 2.005 .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Nestor Fabian Fanjul, en $150.- (MB: $ 11.287,80.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Glósese la documentación original reservada en Caja Fuerte.-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. .-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 20 de diciembre de 2.005.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro