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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39565
Fecha: 2011-03-10
Carátula: CREDIL S.R.L. c/PEREYRA Cristian Baltazar S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena embargo
//neral Roca, 10 de marzo de 2011.-
Al punto 1, agréguese.-
Al punto 2, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (RAJNERI JULIO R.- BUBALCO PATAGONIA) a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos de la demandada en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $2.223,79 en concepto de capital con más la de $900.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro