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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40316
Fecha: 2011-03-09
Carátula: WILLIG Raquel Ramona S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 09 de marzo de 2011.-
Téngase presente y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación en los presentes.-
Atento el estado de autos, regular los honorarios de la Dra. ANGELA SOSA -por la primera y segunda etapa- en $ 14.630.- a cargo de los herederos y $ 7.315.- a cargo del cónyuge supérstite (MB:$ 313.563,69).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a la inscripción y para la regulación por la tercer etapa, acompáñense informe de condiciones de dominio y grámenes e inhibiciones, y libres deuda debidamente actualizados.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro